El 18 de diciembre de 2025, el Ayuntamiento de Nueva York aprobó laLey de Seguridad y Protección Aland Etienne. Patrocinada por la presidenta Adrienne Adams, esta histórica legislación ayudará a abordar la crisis de rotación de personal que afecta al sector de la seguridad privada, donde el agente medio gana 40 311 dólares y el 37,8 % carece de seguro médico a través de su empleador o del empleador de un miembro de su familia. Para frenar esta crisis, la ley garantiza unos estándares salariales, prestaciones y vacaciones pagadas para los 81 900 agentes de seguridad privada de la ciudad. La ley se encuentra ahora en el despacho del alcalde.

La ley lleva el nombre de Aland Etienne, el agente de seguridad y miembro del sindicato 32BJ SEIU que murió trágicamente mientras intentaba salvar vidas durante el tiroteo masivo ocurrido en julio en el 345 de Park Avenue. La familia de Etienne ha testificado a favor de la ley, que honra el legado de Etienne al reconocer y valorar a los trabajadores de primera línea en los que Nueva York confía cada vez más como primeros intervinientes, al tiempo que refuerza la seguridad pública.

La ley:

La legislación garantizará unas normas mínimas de remuneración para los aproximadamente 60 000 agentes de seguridad privada que actualmente no están cubiertos por el salario vigente o el mandato de salario comparable. La legislación establece una norma local para todo el sector en materia de salarios, prestaciones y vacaciones pagadas, que se introducirá gradualmente según el siguiente calendario:

  • Año 1: Salario por hora: los agentes de seguridad deben recibir un salario que no sea inferior al establecido para los agentes de seguridad del sector privado contratados por la ciudad. La tarifa actual para los agentes contratados por la ciudad es de 18,02 a 21,201 dólares (la tarifa más alta se aplica a los agentes con más de tres años de experiencia o con más de un año de experiencia y que cumplen con los requisitos de formación especificados).
  • Año 2: Tiempo libre remunerado: los agentes de seguridad deben disfrutar de un tiempo libre remunerado no inferior al exigido para los agentes de seguridad del sector privado contratados por la ciudad. El tiempo libre remunerado incluye días festivos, vacaciones y bajas por enfermedad. 
  • Año 3: Complemento por prestaciones: los agentes de seguridad deben recibir como mínimo el complemento por prestaciones exigido para los agentes de seguridad del sector privado contratados por la ciudad. Este complemento puede proporcionarse en forma de prestaciones, dinero en efectivo o una combinación de ambos.
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